Se actualizaron los topes de categorización en el Certificado MiPymes
La Resolución 54/2025 de la Secretaría de PyMEs actualizó los topes de categorización para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), en cumplimiento de la Ley 24.467.
Entre sus principales modificaciones, se introduce un código QR en el Certificado MiPyME para mejorar su seguridad y permitir la verificación en tiempo real, y se ajustan los límites anuales de ventas, personal ocupado y activos (según los cuadros A y C del Anexo I de la Resolución 220/2019), considerando la evolución sectorial de precios.
A continuación los criterios de categorización por límite anual de ventas, personal ocupado y activos:
Además, la norma establece un procedimiento especial para personas humanas adheridas al Régimen Especial del Impuesto sobre Bienes Personales (Ley 27.743), que las exime de presentar declaraciones juradas hasta 2027. Estas deberán reportar el valor de sus activos afectados a la actividad a través de una plataforma web del Registro MiPyME, asegurando así una correcta categorización.
La resolución entró en vigencia el 1° de abril de 2025.