Santa Fe lanza un Régimen Especial de Regularización de Ingresos Brutos para contribuyentes en emergencia comercial
La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (ASIP), mediante la Resolución 91/2026-ASIP, estableció un Régimen Especial de Regularización para las obligaciones adeudadas en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ya sea que se encuentren en instancia administrativa, de fiscalización o en etapa de cobro judicial. El régimen alcanza exclusivamente a los contribuyentes comprendidos en el artículo 1° de la Ley 3996 que registren deuda vencida al 31 de mayo de 2026, y exige el acogimiento expreso del contribuyente, conforme a las disposiciones de la norma y los requisitos fijados por la Agencia. Los sujetos alcanzados podrán adherirse por un plazo perentorio de 60 días corridos, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial. Quedan excluidos del régimen los conceptos adeudados por recaudaciones, retenciones y percepciones -practicadas o no- que no hayan sido ingresadas al fisco provincial por los contribuyentes que actúen como agentes de retención, percepción y/o recaudación.
La suscripción al régimen debe realizarse a través del Sistema Integral Tributario (SIT), adjuntando la documentación requerida en formato PDF, y una vez obtenido el formulario de solicitud, notificarse a la Agencia mediante el correo institucional emergenciacomercial2026@asip.gob.ar para continuar con el trámite de aprobación del plan de pago. Entre los requisitos generales se encuentran: presentar el formulario de solicitud de acogimiento consolidando la deuda a la fecha de adhesión; adjuntar la Constancia de Inclusión en la Emergencia Comercial, emitida conforme al artículo 11 del Decreto 453/2026; poseer una CBU adherida en caso de optar por un plan de facilidades de pago en cuotas; ingresar el pago del anticipo o el pago total correspondiente una vez aprobado el plan por la ASIP; y cumplir con las demás formalidades y documentación que establezca el organismo.
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