Rúbrica de documentación laboral en CABA
Por medio de la Resolución N.º 852/2026 de la Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone la eliminación del régimen de rúbrica de la documentación laboral previsto en el artículo 52 de la LCT para los empleadores radicados en CABA, en adecuación a la reforma introducida por la Ley 27.802 y reglamentada por el Decreto 407/2026. La resolución establece que la obligación de rubricar cesa con efectos retroactivos al 1.º de junio de 2026 y fija como último período alcanzado por el régimen de rúbrica el correspondiente a mayo de 2026. Asimismo, deroga las normas locales que regulaban ese procedimiento administrativo.
En términos prácticos para los empleadores:
- Desde el 1.º de junio de 2026 ya no corresponde efectuar la rúbrica de la documentación laboral ante la autoridad laboral de CABA.
- El período devengado mayo de 2026 es el último sujeto al régimen de rúbrica.
- La eliminación de la rúbrica no exime a los empleadores de llevar, conservar y exhibir la documentación laboral cuando corresponda, conforme a la normativa nacional vigente.
Para las empresas radicadas en CABA, la medida implica una simplificación administrativa, al eliminar un trámite que demandaba costos y gestiones periódicas. No obstante, es importante destacar que esta modificación rige únicamente para CABA. En las restantes jurisdicciones, la situación dependerá de las normas que dicte cada autoridad provincial para adecuar sus respectivos regímenes de rúbrica a la reforma nacional.
A continuación podrán descargar el texto de la norma:
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