Otorgamiento vacaciones 2024/2025: principales puntos para tener en cuenta
Dado que nos encontramos dentro del Período Vacacional -iniciado en el mes de octubre- desde el Departamento de Laborales de la CIAI compartimos los principales puntos a tener en cuenta sobre este tema:
- Época de otorgamiento: las vacaciones deben otorgarse dentro del período del 1° de Octubre y 30 de Abril, debiendo otorgarse al menos una vez cada tres años dentro del período de verano (21 de diciembre al 21 de marzo)
- Período de vacaciones conforme la antigüedad del trabajador:
Si la antigüedad es menor a 5 años, se corresponden 14 días corridos
Si la antigüedad es mayor a 5 años y menor a 10 años, se corresponden 21 días corridos
Si la antigüedad es mayor a 10 años y menor a 20 años, se corresponden 28 días corridos
Si la antigüedad es mayor a 20 años, se corresponden 35 días corridos - Requisitos para su goce:
Para gozar de las vacaciones anuales completas, el trabajador debe haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año contados al 31 de diciembre.
Si a tal fecha el trabajador no llega a los 6 meses de antigüedad, le corresponde un día de vacaciones por cada 20 días trabajados. - Quién decide la fecha de las vacaciones:
En nuestro país la legislación le brinda el derecho al empleador de decidir el momento de otorgar vacaciones, debiendo comunicar la fecha de inicio de las mismas por escrito con al menos 45 días de anticipación, cumpliendo con los parámetros determinados en los demás puntos ya mencionados.
Sin embargo, conforme la sensibilidad que el descanso anual significa para los trabajadores que ponen a disposición su mano de obra, en muchos casos los empleadores adoptan políticas de mayor flexibilidad intentando arribar a un acuerdo con sus dependientes sobre este tema.