Nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil
Por medio de la Resolución 17/2024 se actualizaron los valores correspondientes al Salario Mínimo, Vital y Móvil de los meses de diciembre 2024, enero, febrero y marzo 2025 en los siguientes términos:
A partir de Diciembre 2024: PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO ($279.718) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de PESOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 1.399) por hora, para los trabajadores jornalizados.
A partir de Enero 2025: PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS ONCE ($ 286.711) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de PESOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($1.434) por hora, para los trabajadores jornalizados.
A partir de Febrero 2025: PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($292.446) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de PESOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 1.462) por hora, para los trabajadores jornalizados.
A partir de Marzo 2025: PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS ($ 296.832) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de PESOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 1.484) por hora, para los trabajadores jornalizados.
Asimismo, establece que la Prestación por Desempleo será equivalente a un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al CIEN POR CIENTO (100%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.