junio 3, 2026

Licencias por enfermedad inculpable (Art. 210 LCT)

Informamos que el Decreto 407/2026, publicado en el Boletín Oficial del 1/06/2026, reglamentó diversos aspectos vinculados con las licencias por enfermedad o accidente inculpable previstas en el artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Entre las principales novedades, se establece que los certificados médicos que prescriban reposo laboral deberán contener expresamente el diagnóstico, el tratamiento indicado y la cantidad de días de licencia otorgados. Asimismo, la reglamentación prevé la utilización de certificados emitidos por medios electrónicos a través de plataformas y profesionales debidamente registrados.

Por otra parte, cuando existan discrepancias entre el criterio del médico tratante y el del servicio de control médico del empleador, la norma contempla mecanismos para la intervención de juntas médicas o instituciones de salud habilitadas a fin de dirimir las diferencias.

A fin de adecuar los procedimientos internos a la nueva normativa, sugerimos:

  • Revisar los circuitos de recepción y control de certificados médicos.
  • Informar al personal los requisitos que deberán reunir las constancias médicas presentadas.
  • Mantener actualizados los procedimientos de control médico previstos por el artículo 210 de la LCT.
  • Documentar adecuadamente las observaciones o discrepancias que pudieran surgir respecto de las licencias informadas.

Importante

Frente a certificados médicos que no cumplan íntegramente con los requisitos establecidos por la reglamentación, sugerimos no proceder automáticamente a su rechazo ni adoptar medidas disciplinarias inmediatas. En tales casos, resulta aconsejable requerir previamente al trabajador que complete o subsane la documentación presentada dentro de un plazo razonable.

Esta práctica permite resguardar el derecho de control del empleador y, al mismo tiempo, reducir eventuales contingencias administrativas o judiciales derivadas de cuestionamientos sobre la validez de la licencia o la procedencia de descuentos salariales.

Desde CIAI continuaremos monitoreando la implementación de estas disposiciones y mantendremos informadas a las empresas asociadas sobre cualquier novedad de interés.

 

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