Homologación de Tarifas de Trabajo a Domicilio Ley 12.713
Comisión 1: octubre – noviembre 2024
Mediante la Disposición N 601/2024 de fecha 18/12/2024 ha sido homologada el acta acuerdo de fecha 12/11/24 del EX-2024-128126369- -APN-DGDTEYSS#MCH, mediante la cual la Comisión de Trabajo a Domicilio Nº 1, integrada por la Federación Obrera Nacional de la Industria del Vestido y Afines (FONIVA), el Sindicato de Trabajadores Talleristas a Domicilio (STTAD) y la Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y Afines (FAIIA) acordaron, en el marco de la Ley 12.713 y su Decreto Reglamentario Nº 118.755/42, de Trabajo a Domicilio, incrementos en las Tarifas 1 a 6 de la siguiente manera:
Desde el 1° de agosto al 31 de agosto de 2024, se aplica 5 % (CINCO POR CIENTO) sobre las tarifas de salarios mínimos vigentes al 31 de julio de 2024.
Desde el 1° de septiembre al 30 de septiembre de 2024, se aplica 5 % (CINCO POR CIENTO) sobre las tarifas de salarios mínimos vigentes al 31 de agosto de 2024.
El presente acuerdo rige desde el 01/10/2024 al 30/11/2024, con carácter retroactivo.
A continuación podrán la homologación aludida:
HOMOLOGACION Tranajo a domicilio Octubre Noviembre 2024 Comision 1