Guía para la rúbrica digital laboral: empleadores hasta 9 trabajadores y PYMES en CABA
Mediante la Resolución 803/24 de la Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se implementó a partir del 4 de noviembre del 2024 la modalidad digital del trámite de Rúbrica de Documentación Laboral para empleadores con hasta 9 trabajadores y Pymes, a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD)
La implementación debía comenzar el 1° de enero de 2025, pero fue prorrogada por la Disposición 2357/DGRDT/2024 publicada en el Boletín Oficial 7016, y ahora la rúbrica digital será obligatoria a partir del 1° de abril de 2025, correspondiente al libro del período marzo 2025
Según la resolución el trámite digital referido en el artículo 1° será de uso obligatorio para la rúbrica de la documentación laboral “hojas móviles” o “libro manual” para los particulares que posean una dotación de personal de hasta nueve (9) trabajadores/as y para PyMES.
Para realizar el trámite se debe ingresar:
- Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.
El requisito es: estar inscriptos en el Registro de Empleadores.
Documentación obligatoria
- Último formulario 931.
- Asiento laboral/Libro de sueldos.
- Informe legalizado C.P.C.E.C.A.B.A. (cada mes).
- Certificado Mi PYME (en caso de corresponder).
Costos del trámite: $430,00 por rúbrica de documentación laboral, por folio utilizado.
Recordamos que:
- No se necesita realizar ningún trámite previo. El trámite se realiza directamente por el sistema de TAD (TRÁMITE A DISTANCIA).
- El informe se presenta de manera semestral, a semestre vencido, siendo el primero a presentar en el periodo 09/2025.
- El sistema solicita un número de disposición. Se trata de la Disposición de Centralización de rúbrica, si existiera.
- Respecto al asiento contable o libro de sueldos, mientras contenga todos los datos solicitados por la normativa vigente cualquier modelo es válido, incluso el de ARCA.
- Si ya venían rubricando bajo la modalidad digital, NO pueden cambiar al sistema por TAD. Entonces, las empresas de 10 o más empleados y aquellas que optaron por el Sistema de Rúbrica Digital de la CABA deben permanecer en el mismo.
- Y por último, los empleadores que venían utilizando hojas móviles o libros manuales, son los que están obligados a adecuarse a este sistema.