mayo 20, 2026

Acuerdo MERCOSUR – Unión Europea: Análisis para la industria de Indumentaria y Marroquinería*

Situación de los capítulos 42 (manufacturas de cuero) , 61 (prendas de vestir, de punto y 62 (prendas de vestir que no son de punto).  

A partir del 1° de mayo de 2026, el Acuerdo Interino de Comercio entre el MERCOSUR y la Unión Europea se encuentra oficialmente en vigencia, marcando un punto de inflexión para la integración regional y las operaciones de importación y exportación entre ambos bloques.

El tratado establece una zona de libre comercio que contempla la reducción y eliminación progresiva de derechos aduaneros para ambos bloques, generando desgravaciones inmediatas para una amplia gama de productos —que quedarán exentos de gravámenes— mientras que otros seguirán un calendario de desgravación gradual.

Cronograma de eliminación arancelaria del Acuerdo

El Acuerdo clasifica las mercancías en categorías que determinan el plazo para llegar al arancel 0%:

Desgravación de aranceles de la Unión Europea hacia el MERCOSUR

La UE reducirá o eliminará sus derechos de aduana sobre las importaciones provenientes del MERCOSUR según estas pautas:

Capítulo 42 (Manufacturas de cuero): El 69% de las posiciones tienen Categoría 0 (libre inmediato). El 22% tiene Categoría 7 (libre en el Año 8) y el 8% restante tiene Categoría 4 (libre en el Año 4). 

→ El arancel se hace 0% el 1 de mayo de 2026 para Categoría 0, el 1 de enero de 2030 para Categoría 4, y el 1 de enero de 2034 para Categoría 7.

Capítulos 61 y 62 (Prendas de vestir): El 100% de las posiciones tienen Categoría 8, por lo que el arancel se eliminará recién el 1 de enero del Año 8. 

→ El arancel se hace 0% el 1 de enero de 2034.

Desgravación de aranceles del MERCOSUR hacia la UE

Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay reducirán sus aranceles para productos originarios de la UE según el siguiente esquema:

 

– Capítulo 42 (Manufacturas de cuero): Productos como bolsos y prendas de vestir de cuero están clasificados en Categoría 15 (libre en el Año 15).

El arancel se hace 0% el 1 de enero de 2041.

– Capítulos 61 y 62 (Prendas de vestir): El 100% de las posiciones tienen Categoría 8 (libre en el Año 8).

→ El arancel se hace 0% el 1 de enero de 2041.

Derechos de exportación: la regla es la eliminación

En el marco del Acuerdo Interino de Comercio, el principio general es la prohibición de mantener derechos de exportación entre las Partes. Así lo establece el Artículo 2.9 del tratado.

Excepciones: Anexo 2-B

La única excepción a esta prohibición son las mercancías expresamente listadas en el Anexo 2-B, donde Argentina y Uruguay han reservado el derecho a mantener temporariamente impuestos a la salida, con categorías específicas:

– Categoría Y5: Eliminación en 3 etapas anuales, comenzando el Año 4, llegando a 0% el Año 6.

– Categoría Y10: Derecho del 18% en el Año 5, que se reduce 1% por año hasta 14% en el Año 10.

– Categoría S: Compromiso de no superar el tipo básico establecido desde el Año 4.

Compromisos específicos por país

 

Argentina (lista extensa de excepciones):

– Complejo soja (Categoría Y10): habas, aceite, harinas y pellets de soja.

Cueros y pieles – Capítulo 41 (Categoría Y5): cueros en bruto y semiprocesados de bovino, equino y ovino (partidas 41.01, 41.02, 41.03, 41.04).

– Otros (Categoría S): antigüedades y ciertos instrumentos musicales.

Uruguay (excepciones solo para cueros y pieles, Categoría Y5):

– Capítulo 41: partidas 41.01, 41.04.11 y 41.04.19 (cueros crudos, salados, piquelados, wet-blue y curtidos).

 

Síntesis

 

Unión Europea (hacia el Mercosur)

La UE realiza una apertura más rápida que el Mercosur en el caso de reducción de aranceles para el ingreso de Manufacturas de Cuero (apertura en su mayoría inmediata) . Por su parte, realiza  una desgravación similar al Mercosur y gradual para prendas de vestir (en su mayoría a los 8 años). 

 

MERCOSUR (hacia la Unión Europea)

Por el contrario, el Mercosur protege sus manufacturas de cuero (apertura en su mayoría 15 años) y, en menor medida, su industria textil (8 años). 

 

*La descripción se realiza en relación a la cantidad de posiciones arancelarias. 

 

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