mayo 20, 2026

Nueva reglamentación para el RIMI: beneficios para inversiones PyME

El pasado 18 de mayo de 2026, las Secretarías de Energía y de Agricultura, Ganadería y Pesca junto con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aprobaron la Resolución General Conjunta 5849/2026, que reglamenta el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) creado por la Ley N° 27.802. Esta norma busca impulsar inversiones productivas de micro, pequeñas y medianas empresas (hasta Mediana Tramo 2) en el país, ofreciendo beneficios impositivos como la amortización acelerada en Ganancias y la devolución de créditos fiscales en IVA. La gestión se hará a través del nuevo «Sistema de Gestión de Inversiones (SGI)» de ARCA.

Requisitos y novedades para los beneficiarios

Para acceder al RIMI, las empresas deberán contar con certificado MiPyME vigente, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán tramitar una caracterización especial. Una novedad importante: ciertas inversiones como sistemas de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y semovientes no requieren monto mínimo para ser promovidas. La norma también detalla cómo acreditar el avance de obras (con facturas o informes técnicos) y otorga facultades de control a cada organismo, pudiendo sancionar con la pérdida de beneficios, devolución de sumas más intereses y multas ante incumplimientos. La resolución entró en vigencia el mismo día de su publicación, el 19 de mayo de 2026.

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